APOSTILLA

Para tramitar la apostilla de su documentación, ingrese a la página web: http://legalizacionve.mppre.gob.ve y siga los pasos correspondientes.

Para acceder al sistema legalización.mppre.gob.ve, el titular del documento debe contar con un usuario válido registrado. Al ingresar con su usuario, deberá cargar la información requerida, dependiendo del documento que requiera apostillar, e indicar que la cita sea atendida en la sede consular en Frankfurt.

Posteriormente, el sistema le adjudicará cita para la verificación de sus documentos y le enviará un correo electrónico informándole la fecha en la cual debe asistir al Consulado, así como los recaudos que debe presentar.

Los documentos deben estar debidamente legalizados. Para obtener información sobre los documentos que pueden ser apostillados y su legalización previa, puede consultar el siguiente enlace: http://www.mppre.gob.ve/consulares/#documentos

El día de su cita debe asistir personalmente e identificarse con su cédula de identidad o pasaporte venezolano original. En la cita, se procederá a la verificación de los documentos para apostilla.

PAGO DEL ARANCEL CONSULAR

Los documentos de niños niñas y adolecentes están exentos del pago del arancel consular.

El pago del arancel consular tiene un valor  de 60 € por cada documento.

DATOS BANCARIOS

Banco: Commerzbank
A nombre de: Generalkonsulat Venezuela
IBAN: DE52 5008 0000 0980 6593 01
BIC: DRESDEFFXXX
Motivo: Coloque nombre, apellido y tipo de trámite.

INFORMACIÓN IMPORTANTE:

Realizar el depósito del arancel consular, con el monto exacto correspondiente a su trámite tres días antes de su cita.

Presentar el comprobante de pago del arancel consular el dia de su cita.

Si no tiene cita asignada y confirmada, NO deposite.

El dinero depositado en la cuenta del consulado no podrá ser reintegrado en los siguientes casos:

  • Cuando el usuario, no culmine el trámite en un lapso de noventa (90) dias continuos.
  • Cuando el usuario, no cumpla con los requisitos exigidos según la legislación venezolana.
  • Cuando el usuario, por equivocación deposite un monto superior a los aranceles consulares establecidos.