Visa Transeúnte Laboral

¿Quienes pueden solicitar la Visa de Transeúnte Laboral?

La Visa de Transeúnte Laboral se otorgará con una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, y permitirá una permanencia por igual período. Podrá ser prorrogada en el país por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz por igual término, previa ratificación de la autorización laboral por parte del Ministerio del Poder Popular del Trabajo y la Seguridad Social.

Será de la competencia del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, previa conformidad del Ministerio del Poder Popular del Trabajo y la Seguridad Social, la autorización del Visado de Transeúnte Laboral, a solicitud de la empresa que contrata el servicio(s) del solicitante de la Visa de Transeúnte Laboral.

Se otorgará a aquellas personas, que previa contratación de una empresa o persona solicitante en Venezuela van a prestar un servicio como trabajador permanente hasta el cese del contrato. Se exceptúan los artistas, corresponsales de prensa extranjera y deportistas en actividades lucrativas, cuyos representantes en territorio venezolano deberán obtener solamente autorización del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, el cual establecerá las condiciones del visado y el término de permanencia.

Una vez aprobado el permiso de trabajo por las autoridades competentes venezolanas, usted deberá presentarse a esta Misión Consular a solicitar su visado.

Requisitos

  1. Presentar la planilla de solicitud de visa, complementada en letra legible y sin tachadura. Descargar aqui.
  2. Pasaporte (original). Este debe tener una validez mínima de seis meses a partir del día de ingreso a la República Bolivariana de Venezuela.
  3. El solicitante, titular de un pasaporte extranjero, debe presentar original y copia legible del comprobante que demuestre su residencia en la República Federal de Alemania.
  4. Una (1) fotografía, a color, reciente, tamaño 3 x 4 cm, con fondo blanco y sin lentes.
  5. Boleto de viaje o reservación.
  6. Comprobante de pago del monto de 60,00 Euros, correspondiente a los derechos consulares.
  7. Autorización de la Oficina de Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME). Esta autorización tiene una vigencia de seis meses.
  8. Copia certificada del permiso laboral, expedido por el Ministerio del Poder Popular del Trabajo y la Seguridad Social de la República Bolivariana de Venezuela. Se exceptúan los artistas, corresponsales de prensa extranjera y deportistas en actividades lucrativas.

Nota: El cónyuge, hijos menores de dieciocho (18) años de edad, progenitores y padres políticos del solicitante de la visa de Transeúnte Laboral tienen que aplicar por una visa de Transeúnte Familiar antes de trasladarse al país a establecerse con él.

Los Consulados Generales y/o la Sección Consular de la Embajada competente recibirán la autorización directamente del SAIME. Dicha autorización tendrá una vigencia de seis (6) meses a partir de la fecha de recepción.

Procedimiento

Si la solicitud se realiza por correo, se deberá remitir un sobre franqueado por un valor mínimo de 1,55 Euros en estampillas, en el cual se debe indicar dirección, nombres y apellidos, así como aparece en su buzón de correo, con la finalidad de reenviarle sus documentos.

Este trámite tiene una duración de 72 horas aproximadamente, a partir del momento de la recepción de la documentación COMPLETA y haber cancelado el correspondiente monto de los derechos consulares.

Importante:

Después de que el Consulado General de la República Bolivariana de Venezuela en Fráncfort del Meno haya recibido los documentos exigidos, la gestión puede durar 72 horas aproximadamente. Una vez finalizada la tramitación por parte de los funcionarios se remitirá el documento a través del servicio de correo postal. A partir de ese momento el tiempo que tarde el usuario en recibir el documento dependerá del mencionado servicio postal. Si no recibe respuesta de su trámite, usted deberá ponerse en contacto con al Consulado.

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